""La CAZA de perdiz con reclamo no se enseña, hay que sentirla para aprenderla. Es un arte; un arte tan viejo como el toreo y tan nuevo como el sello que le otorga cada intérprete"."


"CAMBIARIA TODO LO QUE SÉ POR LA MITAD DE LO QUE IGNORO"

domingo, 22 de mayo de 2011

Un tecor de Ribadeo y otro de Trabada pagarán los daños del jabalí en maizales





El juzgado de instrucción número 1 de Mondoñedo condenó a los colectivos organizadores de terrenos cinegéticos (tecor) de O Faisán de Ribadeo y San Fernando de Trabada a indemnizar a un ganadero con 4.200 euros por los daños causados por jabalíes de los cotos de caza en sus maizales en dos ocasiones en el año 2010.
La sentencia de la jueza Hortensia Bouso Darriba considera probado que los daños fueron causados por esos animales salvajes a instancias de una serie de informes elaborados por técnicos de la Xunta de Galicia y además estima en su fallo que los responsables de los dos tecores no adoptaron medidas para evitar que dichos daños se produjeran. La sentencia no condena a los cazadores en costas y todavía no es firme, ya que se puede recurrir en el plazo de cinco días.
La ganadería denunciante de esta situación fue Cabarqués SAT Número 1025 Xuga, que expuso que los daños concurridos a causa de los jabalíes se dieron en cinco fincas que o bien eran directamente de su propiedad o tenía arrendadas para cultivar maíz. Los primeros daños en ellas, todas en el municipio de Trabada y en terrenos del tecor San Fernando, se produjeron entre los días 1 y 15 de junio de 2010, en lugares que acababan de ser sembrados. La siguiente oleada de daños se produjo el 13 de octubre de 2010, coincidiendo ya con el periodo de recolección de la cosecha de maíz, en este caso ya solo en una finca denominada A Granda, ubicada en el concello de Ribadeo y enclavada en el tecor O Faisán.
Sin protección
En la parte correspondiente a los fundamentos jurídicos, la jueza que dictó la sentencia expone que se debe condenar a los responsables de los dos tecor a pagar esa cantidad de dinero porque considera que sus responsables «no actuaron diligentemente a la hora de realizar los controles sobre las especies susceptibles de captura». Añade que esos controles no se deben entender como controles reproductivos, «sino como controles físicos, esto es, colocación de pastores mecánicos, utilización de repelentes o bien otros elementos disuasorios a fin de evitar la producción de ataques de jabalíes a zonas de cultivo en una zona caracterizada por la abundancia de ejemplares de esta especie».
Además, apunta que existe jurisprudencia sobre este asunto, y concretamente cita al Tribunal Superior de Xusticia de Galicia que cuando evalúa el aprovechamiento de la caza expone que «quien se aprovecha de esta, debe responder de los daños que cause», a excepción de cuando se producen accidentes de tráfico.
El abogado de la ganadería demandante, José Manuel Oliveros, de la empresa 3A Consultores de Burela, explica que la exposición de la jueza es muy clara y que en ella queda perfectamente demostrado que los cazadores tienen el derecho de ejercer la caza «pero tampoco pueden desentenderse de sus deberes de atender para que esos animales no causen después daños en terrenos, en este caso de cultivo».
José Manuel Oliveros señala también que se demostró que los daños no se produjeron por las riadas, como había sostenido la defensa de los cazadores.
En cuanto a los afectados por la sentencia, los cazadores, el responsable del tecor O Faisán, Antonio Valea, explicó que no tienen claro si van a presentar un recurso «porque contabamos con que se nos condenase a pagar, pero unha cantidade máis pequena, pola que non merecería a pena recorrer, pero ó ter que pagar máis de 4.000 euros de forma conxunta e solidaria, eso xa é un diñeiro, así que a ver que facemos». Convocarán una reunión para tratar este asunto entre los cazadores.
Valea considera injusto que se trate a los cazadores de este modo porque recuerda que ellos son los primeros que se preocupan por repoblar algunas especies como perdices o faisanes, que no causan ningún tipo de problema y además se ayuda a su recuperación.
Sin embargo, explica que en el caso de los jabalíes o los corzos, especies ambas muy abundantes en esta zona, ellos nunca hicieron nada por influir en que su número se disparase hasta la cantidad que existe actualmente, por lo que no comprenden la razón por la cual se les trata de demonizar de ese modo y de hacerles cargar con las consecuencias.
Además, indica que el incremento del número de ejemplares de esas especies está todavía por aclarar y asegura que los propios cazadores tampoco tienen claro cómo se expandieron tan rápidamente en los últimos años.
En este caso, la jueza considera probado que los daños de los jabalíes afectaron a superficies sembradas muy importantes, concretamente a 17.800 metros cuadrados en una finca, 5.000 en otra, 4.320, 3.609, 3,500 y 934 metros cuadrados en cada una de las restantes.
A pesar de la sentencia, la jueza reconoce que el caso «presentaba serias dudas, tanto de hecho como de derecho», por lo que no impuso la condena en costas.
Un problema muy común que casi nunca acaba por llevarse a los juzgados
El abogado José Manuel Oliveros explica que los destrozos de animales salvajes en fincas de sembrado son muy habituales, pero añade que rara vez acaban en los juzgados por distintas razones. Una, comenta, «es que nuestro propio carácter nos lleva a dejarlo correr pensando en ese temor a ir a juicio o a denunciar algo, pero también por ese otro convencimiento, casi siempre erróneo, de que no se va a arreglar nada». Además, indica que hay una gran cantidad de animales salvajes que causan estos problemas.

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