Las organizaciones ecologistas SEO/BirdLife y Fondo para la Conservación del Buitre Negro, que han ejercido la acusación popular en el caso, han celebrado la sentencia, que esperan que tenga un "efecto pedagógico y disuasorio", y han asegurado que esta es la séptima resolución condenatoria por el uso ilegal de cebos envenenados en Cataluña.
Según han informado estas dos entidades en un comunicado, efectivos del Cuerpo de Agentes Rurales de Cataluña sorprendieron en marzo del pasado año a tres personas colocando cebos envenenados en el área privada de caza de Montargull, una práctica que llevaban realizando desde hacía años y que causó al menos la muerte de tres perros y un zorro entre 2007 y 2010.
El uso de cebos envenenados es un método no selectivo de eliminar depredadores, está prohibido por la legislación nacional y autonómica y está tipificado como delito en el Código Penal.
El juzgado de instrucción número 1 de Balaguer ha condenado ahora a J.T.C., L.R.C. y J.J.A a un año y cuatro meses de cárcel cada uno y al pago de varias multas que suman más de 24.000 euros.
Además, los tres culpables no podrán cazar durante el tiempo de condena y J.J.A., guarda de la zona, ha sido inhabilitado por dos años para ejercer su profesión, según las organizaciones conservacionistas.
Un juzgado de Balaguer (Lleida) ha condenado a tres hombres que fueron sorprendidos "in fraganti" colocando cebos envenenados en un área privada de caza del municipio leridano de Artesa de Segre a un año y cuatro meses de prisión cada uno y al pago conjunto de más de 24.300 euros.Según han informado estas dos entidades en un comunicado, efectivos del Cuerpo de Agentes Rurales de Cataluña sorprendieron en marzo del pasado año a tres personas colocando cebos envenenados en el área privada de caza de Montargull, una práctica que llevaban realizando desde hacía años y que causó al menos la muerte de tres perros y un zorro entre 2007 y 2010.
El uso de cebos envenenados es un método no selectivo de eliminar depredadores, está prohibido por la legislación nacional y autonómica y está tipificado como delito en el Código Penal.
El juzgado de instrucción número 1 de Balaguer ha condenado ahora a J.T.C., L.R.C. y J.J.A a un año y cuatro meses de cárcel cada uno y al pago de varias multas que suman más de 24.000 euros.
Además, los tres culpables no podrán cazar durante el tiempo de condena y J.J.A., guarda de la zona, ha sido inhabilitado por dos años para ejercer su profesión, según las organizaciones conservacionistas.
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